¿Cómo puedo cobrar el paro si me voy del trabajo?

Cobrar el Paro Tras Baja Voluntaria: ¿Es Posible?

Decidir dejar un trabajo es una decisión importante, y una de las primeras preguntas que nos asaltan es qué ocurre con la prestación por desempleo, popularmente conocida como el paro. Si te has planteado una baja voluntaria, es crucial entender las implicaciones que esto tiene en tu derecho a percibir esta ayuda económica. En este artículo, te explicaremos de forma clara y detallada si es posible cobrar el paro tras irte de tu trabajo por voluntad propia, qué requisitos debes cumplir y qué situaciones excepcionales existen.

¿Renuncié a mi Empleo, Tengo Derecho al Paro? La Respuesta Directa

La respuesta general, y es importante que la tengas clara desde el principio, es que no, no se puede cobrar el paro si te vas del trabajo voluntariamente. La legislación española está diseñada para proteger a los trabajadores que pierden su empleo de manera involuntaria, es decir, cuando son despedidos o cuando su contrato finaliza. La baja voluntaria, por definición, implica una decisión propia del trabajador de finalizar la relación laboral. Por lo tanto, en principio, al tomar esta decisión, se entiende que renuncias también a la prestación por desempleo, incluso si has cotizado durante años.

¿Qué requisitos necesito para cobrar el paro único?
Quién puede solicitar el pago único del desempleo Tener pendiente de recibir, al menos, 3 mensualidades. No haberse beneficiado de otro pago único en los 4 años anteriores. Acreditar el alta como autónomo estable o la incorporación como socio trabajador de una cooperativa, sociedad laboral o mercantil.

La Única Vía para Cobrar el Paro Después de una Baja Voluntaria

Existe un camino, aunque requiere de un paso intermedio, para poder acceder al paro tras haber presentado una baja voluntaria. La clave está en volver a trabajar y que la nueva relación laboral finalice por causas ajenas a tu voluntad. Esto significa que, si después de tu baja voluntaria, encuentras un nuevo empleo y este termina (ya sea por finalización del contrato temporal o por un despido), entonces sí podrías tener derecho a solicitar la prestación contributiva por desempleo, siempre y cuando cumplas con los requisitos generales.

Requisitos Indispensables para Acceder al Paro Tras una Baja Voluntaria (Indirecta)

Para que esta vía indirecta funcione y puedas cobrar el paro, debes cumplir con los requisitos generales para acceder a la prestación por desempleo, sumados a la condición de haber trabajado nuevamente tras tu baja voluntaria. Los requisitos principales son:

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social: Debes estar dado de alta en la Seguridad Social y cotizando por desempleo.
  • Haber cotizado por desempleo al menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo: Este requisito se refiere a la cotización acumulada en los últimos seis años, incluyendo periodos anteriores a la baja voluntaria y el nuevo empleo.
  • Estar en situación legal de desempleo: En este caso, la situación legal de desempleo se genera con la finalización del nuevo contrato de trabajo o el despido del nuevo empleo, no con la baja voluntaria inicial.
  • Inscribirte como demandante de empleo y mantener la inscripción: Debes inscribirte en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) como demandante de empleo y mantenerte activo en la búsqueda de trabajo.
  • No tener la edad ordinaria de jubilación: No debes haber alcanzado la edad legal de jubilación, salvo que no hayas cotizado el tiempo suficiente para acceder a la jubilación contributiva.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo: Mientras cobras el paro, no puedes estar trabajando a tiempo completo.

Situaciones Excepcionales: ¿Cuándo sí Podrías Cobrar el Paro Tras una Baja Voluntaria?

Aunque la norma general es no tener derecho al paro tras una baja voluntaria, existen situaciones muy específicas y justificadas en las que la ley contempla la posibilidad de acceder a la prestación por desempleo, incluso si la finalización del contrato se asemeja a una renuncia. Estas situaciones se conocen como rescisión del contrato por causa justificada por parte del trabajador.

Estas causas justas no se consideran una baja voluntaria a efectos de la prestación por desempleo, ya que la voluntad del trabajador de finalizar el contrato está viciada por circunstancias externas y graves. Algunas de estas situaciones son:

  • Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que perjudiquen tu formación profesional o dignidad: Si la empresa cambia aspectos esenciales de tu contrato, como horario, salario, funciones, movilidad geográfica, y esto te perjudica gravemente, puedes solicitar la rescisión y tener derecho a paro.
  • Falta de pago o retrasos continuados en el pago del salario: Si la empresa no te paga o lo hace con retrasos graves y reiterados, incumpliendo sus obligaciones salariales, puedes solicitar la rescisión y cobrar el paro.
  • Acoso laboral o sexual: Si sufres acoso en el trabajo, ya sea por razón de sexo, origen, religión, etc., o acoso sexual, puedes solicitar la rescisión del contrato por causa justificada y acceder al desempleo.
  • Violencia de género: Las trabajadoras víctimas de violencia de género que se vean obligadas a abandonar su puesto de trabajo tienen derecho a la prestación por desempleo.
  • Otras causas análogas graves: La ley deja abierta la posibilidad de considerar otras situaciones graves que justifiquen la rescisión del contrato por parte del trabajador, aunque deberán ser valoradas caso por caso.

Importante: En estos casos de rescisión justificada, es fundamental que el trabajador demuestre la existencia de estas causas. Generalmente, esto implica iniciar un proceso legal y obtener una sentencia judicial que declare la rescisión del contrato por causa imputable al empresario. No basta con alegar la causa, sino que hay que probarla ante los tribunales.

¿Cómo solicitar que me paguen el paro?
Deberás acceder a la Sede Electrónica del SEPE, en la dirección https://sede.sepe.gob.es, dentro del apartado "Procedimientos y servicios electrónicos", clicando en "Personas", y dentro de este apartado seleccionando el enlace "Solicite y reconozca su prestación contributiva".

Procedimiento para Solicitar el Paro en Casos de Rescisión Justificada

Si consideras que te encuentras en una de estas situaciones excepcionales y quieres solicitar la prestación por desempleo, el procedimiento a seguir es el siguiente:

  1. Comunicación escrita a la empresa: Lo primero es comunicar a la empresa, por escrito y de manera fehaciente (burofax, entrega en mano con acuse de recibo), tu decisión de rescindir el contrato de trabajo, alegando la causa justificada que motiva tu decisión.
  2. Espera la respuesta de la empresa: La empresa tiene un plazo para responder a tu comunicación. Si no responde o si niega la existencia de la causa justificada, el siguiente paso es...
  3. Presentación de demanda judicial: Debes interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social para que sea un juez quien determine si existe causa justificada para la rescisión del contrato. En muchos casos, es obligatorio presentar previamente una papeleta de conciliación.
  4. Sentencia judicial favorable: Si el juez te da la razón y dicta una sentencia que declara la rescisión del contrato por causa justificada, con esta sentencia podrás acudir al SEPE.
  5. Solicitud de la prestación por desempleo en el SEPE: Una vez que tengas la sentencia judicial favorable, puedes solicitar la prestación por desempleo en el SEPE, presentando la documentación requerida, incluyendo la sentencia.

Este procedimiento puede ser largo y complejo, por lo que es muy recomendable contar con el asesoramiento de un abogado laboralista.

¿Cuánto Paro Cobraré y Durante Cuánto Tiempo?

La cantidad que se cobra de paro y la duración de la prestación dependen de varios factores, principalmente de tu base de cotización por desempleo y del tiempo que hayas cotizado en los últimos años.

Cálculo de la Cuantía del Paro

Para calcular la cuantía diaria de la prestación, se toma como referencia la base reguladora, que es la media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados (sin contar horas extraordinarias). Una vez calculada la base reguladora, se aplican los siguientes porcentajes:

  • Durante los primeros 180 días (6 meses): Se cobra el 70% de la base reguladora.
  • A partir del día 181: Se cobra el 60% de la base reguladora.

Existen unas cuantías máximas y mínimas de la prestación por desempleo, que se actualizan anualmente. Estas cuantías dependen de si tienes o no hijos a tu cargo.

Duración del Paro

La duración de la prestación contributiva por desempleo depende del tiempo que hayas cotizado por desempleo en los últimos seis años, con un máximo de dos años de prestación. A mayor tiempo cotizado, mayor duración del paro, según la siguiente tabla:

Días cotizados en los últimos 6 años Duración de la prestación (en meses)
360 - 539 4
540 - 719 6
720 - 899 8
900 - 1079 10
1080 - 1259 12
1260 - 1439 14
1440 - 1619 16
1620 - 1799 18
1800 - 1979 20
1980 - 2159 22
2160 o más 24 (máximo)

Compatibilidad del Paro con Otros Ingresos

El paro es compatible con algunos tipos de ingresos o actividades, siempre y cuando no impliquen trabajar por cuenta ajena a jornada completa. Puedes cobrar el paro y al mismo tiempo:

  • Trabajar a tiempo parcial.
  • Ser autónomo (siempre y cuando no se perciban ingresos superiores al 75% del SMI).
  • Percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Tener rentas procedentes de alquileres, inversiones, etc.

Es importante comunicar al SEPE cualquier cambio en tu situación laboral o económica mientras estás cobrando el paro.

¿Qué requisitos hay que tener para cobrar el paro?
Estar inscrito en la Seguridad Social en España, cotizando por desempleo. Haber cotizado un mínimo de 360 días en los 6 años anteriores a la situación de desempleo. Ser mayor de 16 años y no haber alcanzado aún la edad ordinaria de jubilación.

¿Y si Cambio de Trabajo Tras la Baja Voluntaria?

Como mencionamos al principio, cambiar de trabajo después de una baja voluntaria es la vía para poder generar un nuevo derecho a la prestación por desempleo. Para ello, debes trabajar en un nuevo empleo durante al menos tres meses. No importa cuánto tiempo haya pasado desde tu baja voluntaria, lo relevante es acumular al menos 90 días cotizados en el nuevo empleo para poder generar un nuevo derecho al paro si este nuevo contrato finaliza por causas ajenas a tu voluntad (despido o fin de contrato temporal).

Preguntas Frecuentes sobre el Paro Tras Baja Voluntaria

¿Puedo inscribirme en el SEPE aunque no tenga derecho al paro tras mi baja voluntaria?

, puedes y debes inscribirte en el SEPE como demandante de empleo, aunque inicialmente no tengas derecho a la prestación por desempleo por haberte dado de baja voluntaria. La inscripción como demandante de empleo es un requisito para acceder a muchas ofertas de trabajo y servicios de orientación laboral.

¿Qué pasa si no supero el periodo de prueba en un nuevo trabajo tras mi baja voluntaria?

Si no superas el periodo de prueba en un nuevo trabajo, sí tienes derecho a cobrar el paro, siempre y cuando cumplas con los requisitos generales de cotización. La no superación del periodo de prueba se considera una finalización involuntaria del contrato por parte del empleador, y por lo tanto, genera derecho a la prestación.

¿Qué es el pago único o capitalización del paro? ¿Puedo solicitarlo tras una baja voluntaria?

El pago único o capitalización del paro es una medida que permite a los beneficiarios de la prestación contributiva por desempleo cobrar de golpe, en un único pago, el importe total o una parte de la prestación pendiente, con el objetivo de iniciar una actividad emprendedora como autónomo o socio trabajador. No puedes solicitar el pago único directamente tras una baja voluntaria, ya que en ese momento no tienes derecho a la prestación. Sin embargo, si posteriormente encuentras un nuevo empleo y generas derecho al paro, podrías solicitar la capitalización si cumples con los requisitos específicos para esta modalidad.

¿Cómo puedo cobrar el paro si me voy del trabajo?
Dicho lo anterior, la única manera de poder cobrar el paro tras una baja voluntaria es encontrar un nuevo trabajo y finalizar el mismo o bien porque se acabe ese contrato, o bien porque nos despidan.

¿Dónde puedo solicitar el paro?

La prestación por desempleo se solicita en las oficinas del SEPE. Puedes solicitar cita previa a través de la página web del SEPE o por teléfono.

¿Qué requisitos generales hay que tener para cobrar el paro?

Los requisitos generales para cobrar el paro (la prestación contributiva) son los que hemos detallado anteriormente: estar afiliado a la Seguridad Social, haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años, estar en situación legal de desempleo, inscribirte como demandante de empleo, no tener la edad de jubilación y no trabajar a tiempo completo.

Esperamos que esta guía te haya aclarado tus dudas sobre la posibilidad de cobrar el paro tras una baja voluntaria. Recuerda que cada situación es particular y, ante cualquier duda, lo más recomendable es consultar con un profesional o con el SEPE.

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